¿Qué es?
La prueba extraprocesal es aquella producida antes de iniciar un proceso y reconoce el derecho a probar que corresponde a las partes y hace parte del debido proceso.
¿Cómo se solicita?
A través de una solicitud formal que debe contener requisitos formales (como las de una demanda) y la determinación de la prueba que se quiere practicar.
¿Cuándo se solicita?
Cuando la parte interesada vaya a demandar o teme que se le demande. La oportunidad de solicitar esta en manos del peticionario, no del código.
¿Ante quien se solicitan?
Ante los jueces Municipales a primera instancia, a prevención con los jueces de circuito.
Las pruebas extraprocesales son:
- Interrogatorio de parte
- Declaración sobre documentos
- Exhibición de documentos, libros de comercio y cosas muebles
- Testimonio par fines judiciales
- Testimonio sin citación de la contraparte
- Inspecciones judiciales y peritajes
- Pruebas practicadas de común acuerdo
El propósito de las pruebas extraprocesales es hacer efectivo el derecho fundamental a la prueba.
Concepto de prueba:
Modo por el cual las partes demuestran la realidad de los hechos alegados y que permiten al juez conocer los hechos controvertidos para alcanzar convicción sobre su verdad y falsedad.
Fuente de prueba:
- Es anterior al proceso y existen
- Elementos que existen en la realidad
- Es de carácter material (puede ser cosa, personas, documentos etc.)
Para tener en cuenta:
- En las pruebas extraprocesales se puede evitar el surgimiento de un pleito evitando llegar a la vía judicial, si ambas partes llegan a un acuerdo.
- El juez siempre tendrá en cuenta las pruebas al momento de dictar sentencia considerando los principios de la sana critica y la libre apreciación de la prueba.
- Para notificar la prueba anticipada se deberá seguir los pasos del Art 291 y 292 del CGP y debe ser con no mas de 5 días a la fecha fijada para la práctica.
- La diferencia entre pruebas procesales y pruebas extraprocesales es que la primera se practica en el trascurso del proceso y la segunda su origen se ubica fuera del proceso.
Conclusión:
Las pruebas extraprocesales en el CGP son caracterizadas como viables desde que no sean controvertidas.