¿Sabías cómo se surte el proceso de determinación de obligaciones de la unidad de gestión de parafiscales y pensiones UGPP?

Este proceso se encuentra conformado por tres subprocesos o etapas.

1.Subproceso de fiscalizar:

A. Requerimiento de información: Es un acto administrativo por medio del cual La Unidad solicita al aportante información tributaria y contable para ser analizada. Dentro de la información se podrá solicitar:

  • Nómina de salarios
  • Balances de prueba
  • Auxiliares de todas las cuentas contables de costos y gastos Auxiliares de todas las cuentas contables del pasivo relacionadas con pagos a trabajadores

Esta información enviada por el aportante será comparada con las diferentes fuentes con las que cuenta la Entidad, con el objeto de determinar la adecuada, completa y oportuna liquidación y pago de las contribuciones parafiscales de la protección social y de indagar acerca de posibles evasores.

Qué pasa si no entrego la información a tiempo ¿? La información se debe entregar en el término establecido, completa, exacta y con calidad, de lo contrario, La Unidad impondrá una sanción hasta de 15.000 UVT.

B. Requerimiento para declarar y/o corregir: Es un acto administrativo en el cual La Unidad propone al aportante cumplir con las obligaciones determinadas por concepto de inexactitud, mora u omisión en la liquidación y pago de aportes al Sistema de la Protección Social

¿Qué debe hacer la persona que recibe un requerimiento para declarar y/o corregir? El aportante podrá aceptar total o parcialmente los hechos planteados en el requerimiento para declarar y/o corregir y como consecuencia de ello, pagar los aportes liquidados más los intereses de mora generados hasta la fecha de pago y cancelar las sanciones propuestas en el requerimiento. De no aceptar lo propuesto, el aportante podrá formular por escrito, dentro de los tres (3) meses siguientes a la notificación del requerimiento para declarar y/o corregir, sus objeciones con las pruebas correspondientes.

Vencidos los tres (3) meses para dar respuesta al requerimiento de declarar y/o corregir, La Unidad cuenta con seis (6) meses para adelantar la validación de los pagos realizados por el aportante al SPS, o en su defecto, la entidad realizará el análisis y estudio de las objeciones y pruebas presentadas.

2. Subproceso de liquidar:

Al realizar la verificación de las objeciones presentadas por los aportantes al requerimiento para declarar y/o corregir, se produce el acto administrativo de liquidación oficial, es un acto administrativo mediante el cual La Unidad determina la obligación del aportante que no presentó su PILA, o que habiéndola presentado liquidó sus aportes por un valor inferior al que realmente correspondía.

3. Subproceso de atender los recursos de reconsideración:

Al realizar la notificación de la liquidación oficial el aportante cuenta con dos (2) meses para interponer un recurso de reconsideración.

De acuerdo con los artículos 722 y 724 del Estatuto Tributario, el recurso de reconsideración debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser presentado por escrito a La Unidad, manifestando los motivos de inconformidad.
  • Se debe interponer dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación de la liquidación oficial.

¿Después de presentado este recurso cuanto tiene la UGPP para resolverlo?

La UGPP tiene hasta un año para dar respuesta, pero notificada la respuesta termina el proceso administrativo agotándose la vía gubernativa.

 

¿Qué se puede hacer si no estoy de acuerdo con la decisión que tomo la UGPP?

Se puede acudir a la vía ordinaria e instaurar un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho

Comparte esta publicación

Share on facebook
Share on linkedin
Share on twitter
Share on email

Explorar más

PUNTOS CLAVE SOBRE PROTECCIÓN DATOS PERSONALES Y HABEAS DATA EN COLOMBIA

La Constitución Política de Colombia estableció en el artículo 15 el derecho de Habeas Data, es decir el derecho que tiene toda persona para conocer, …

Más información

¿Qué ocurre en el proceso judicial cuando fallece una de las partes o el apoderado?

La Sucesión procesal es una figura jurídica se encuentra consagrada en el art. 68 del Código General del Proceso y  se refiere, a la continuación …

Más información

¿Qué es la parental compartida?

La ley 2114 del 29 de julio de 2021, que modificó el artículo 236 del código sustantivo del trabajo introdujo la figura de la licencia …

Más información

¿SABES QUÉ ES UNA SOCIEDAD BIC?

“Para una Sociedad BIC el lucro ya no es el fin, sino el medio para alcanzar tales propósitos” Las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo …

Más información

¿Sabías qué la Transmisión de datos personales requiere la suscripción de contratos entre el responsable y el encargado?

Para realizar un tratamiento de datos personales se debe obtener la autorización por parte del titular al momento de su recolección informándole la finalidad del …

Más información

¿Sabías que en nuestro país, las expresiones racistas están contempladas en el código penal?

El código penal colombiano en su capítulo IX donde hace alusión a los actos de discriminación, en su artículo 134 B, se refiere al Hostigamiento …

Más información

Contáctanos

Celular:

315 585 41 07

PBX Servicio al cliente

411 47 11

Correo Electrónico:

    Sede en Medellín

    Dirección:

    Calle 33A # 71A-07

    Teléfonos:

    +57 (4) 411 4711

    Correo Electrónico:

    Sede en Bogotá

    Dirección:

    Av. El Dorado Calle 26 No. 68 C – 61, Oficina 829
    Edificio Torre Central Davivienda Bogotá

    Teléfonos:

    +57 (1) 744 4799

    Correo Electrónico:

    Sede en Cali

    Dirección:

    Av 6a Norte # 25ª N-31 OFC 601
    Banco BBVA

    PBX:

    (2) 668 99 99

    Correo Electrónico:

    Sede en Pereira

    Dirección:

    Calle 19 # 9-50, oficina 1505.
    Edificio El Diario del Otún

    Teléfonos:

    +57 (6) 333 1825
    +57 (6) 324 4970

    Correo Electrónico:

    Sede en Barranquilla

    Dirección:

    Calle 77 B N° 57 – 141 Edificio Centro Empresarial Americas I. Oficina 1003*

    Números de contacto:

    3154024188
    3155854105

    Correo Electrónico: