¿Mayor valor de la pensión?
Fallo que beneficia a pensionados por Colpensiones.
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia acaba de establecer que quienes están pensionados hoy por Colpensiones, y en algún momento de su vida se fueron a un fondo privado, pero regresaron al fondo público, pueden solicitar la anulación de ese traslado al fondo privado, para conservar mayores beneficios pensionales.
Este fallo le servirá a quienes están pensionados hoy por Colpensiones, pero en algún momento de su vida laboral se pasaron a un fondo privado sin la debida orientación o información.
Este fallo permite anular los efectos de los traslados a fondos privados, que un pensionado por Colpensiones efectuó en el pasado, le puede ayudar a obtener una mayor pensión con el incremento de la ‘tasa de reemplazo’, indicador que se usa a la hora de otorgar la pensión.
El caso que provocó la decisión:
Una mujer, pensionada por Colpensiones con una tasa de reemplazo del 69%.
Dicha cifra aumentó a un 90% cuando la Corte Suprema ordenó la anulación de un traslado que le aparecía en el año 1998 con el fondo privado Porvenir.
Con el nuevo criterio de la Sala Laboral es muy importante para todas las personas que ya estén pensionadas por Colpensiones, con esta nueva variante pueden pedir la declaratoria de ineficacia de su régimen de traslado pensional y pedir la reliquidación de su pensión de vejez y esto implica un mayor valor de la pensión.
Pero esto solo se trata de afiliados que estando en el régimen público se trasladaron al RAIS y se dieron cuenta que no tomaron una decisión informada, y que las condiciones de su pensión al momento de adquirir los requisitos serian mejores en el régimen público y no en el privado
Este fallo también beneficia y lo pueden reclamar el incremento las personas a cargo como lo son el cónyuge, los hijos menores de edad e hijos con discapacidad.